La unión de una pareja ya se puede hacer de muchas maneras diferentes, bien sea contrayendo matrimonio o por el Estado español como pareja de hecho.
Cuando una pareja deciden “legalizar” su relación y contraer matrimonio, ya sea por la iglesia o en el registro civil, es conveniente conocer y valorar qué aspectos quedan regulados y cuáles no, en uno u otro régimen de la pareja. Como veíamos en el artículo sobre las diferencias entre pareja de hecho y matrimonio.
En esta ocasión, queremos ir un paso más allá, nos vamos a centrar en los documentos y papeles necesarios para casarse, ya sea por la iglesia o por lo civil. Toma nota;
Documentos para casarse por lo civil
Los trámites para el matrimonio civil deben iniciarse siempre en el Registro Civil del municipio en el que ambos estéis domiciliados o, al menos, en el que tenga su residencia habitual uno de los dos. Si estáis domiciliados en poblaciones distintas, podréis elegir la que más os convenga.
Los papeles que hacen falta para casarse en el juzgado, y que cada uno de los contrayentes debe presentar, son los siguientes:
- Fotocopia y Original del DNI, o en su caso, del pasaporte o tarjeta de residencia.
- Certificado literal de nacimiento. Puedes solicitarlo en el Registro Civil del municipio de nacimiento o bien en la web del Ministerio de Justicia. Tarda unos cinco días en obtenerse.
- Certificado de empadronamiento. Este documento se pide en el ayuntamiento de la localidad donde se ha residido durante los dos últimos años. En el caso de residir en una gran ciudad, se puede solicitar también en la Junta Municipal.
- Certificado de soltería. Si ambos o uno estáis solteros, en el momento de acudir al Registro Civil os facilitarán este impreso que deberéis rellenar.
- Si uno o ambos estáis divorciados, es necesaria la Certificación literal de matrimonio previo. Esta certificación, que debe contar con la nota marginal del divorcio, se solicita en el Registro Civil de la localidad en la que tuvo lugar el anterior matrimonio.
- Certificación literal de defunción si uno de los contrayentes es viudo deberá aportar la Certificación literal de matrimonio previo y la Certificación literal de defunción del anterior cónyuge.
- Los extranjeros aportarán un Certificado de su consulado o embajada, acreditando su inscripción y su estado civil.
- En último lugar, los contrayentes deben presentar una Solicitud para casarse, que se emite en el Registro Civil debidamente cumplimentada.
Una vez obtenidos todos los documentos para casarse, solo os queda solicitar hora en el Registro para la presentación de los mismo.
Para iniciar el expediente, es necesario acudir con un testigo. Posteriormente, en el momento de la celebración del matrimonio, deberán acudir dos testigos más.
Documentos para casarse por la iglesia
Si vuestra idea es celebrar una boda religiosa por la iglesia, los novios tendréis que presentar los principales documentos para casarse por la iglesia, basílica o catedral elegida. Te los detallamos:
- Original y Fotocopia del DNI, pasaporte o tarjeta de residencia.
- Certificado literal de nacimiento. Tal como indicamos antes, este documento se obtiene en el Registro Civil del sitio de nacimiento, y tarda unos cinco días en estar preparado.
- Fotocopia del Libro de Familia de los padres de ambos contrayentes donde aparezca el nombre de cada miembro de la pareja.
- Partida de bautismo de ambos. Se debe pedir en la parroquia donde cada contrayente fue bautizado. Si no estás bautizado tendrás que hacerlo antes de casarte.
- Certificado de fe y estado, que debes solicitarlo en el Registro Civil.
- Certificado de que se ha asistido al correspondiente cursillo prematrimonial. Se trata de un curso de preparación para el matrimonio que hay que hacer si se desea contraer matrimonio por la Iglesia.
- Certificado de haber recibido el sacramento de la confirmación.
- También en algunos casos, se solicita el certificado de soltería. Este documento se exigirá cuando uno de los futuros esposos sea extranjero.
Para que la boda celebrada por la Iglesia surta efectos, es necesario inscribir el matrimonio en el Registro Civil, entregando el acta matrimonial firmada en un plazo de cinco días hábiles a partir de la celebración. Es muy frecuente que las propias parroquias se encarguen de hacer este trámite.
Además de estos, cada diócesis puede solicitar una documentación diferente, por lo que una vez tengáis decidido el lugar en el que os gustaría contraer matrimonio religioso, pide cita con el párroco para que os detalle los documentos necesarios para casarse en esa iglesia concreta.
Papeles para casarse
Al principio todo puede parecer algo lioso, mucho papeleo…, pero los trámites para casarse no son excesivos y no tendréis problema en conseguirlos todos. Una vez tengáis disponible toda la documentación para casarse, vuestro enlace ya estará más cerca.
Ahora que ya tenéis más claro todo el papeleo que necesitáis para pasar por el altar; ¡Empieza la cuenta atrás! No esperéis más para ir mirando ramos de novia o las últimas tendencias en peinados de novia 2020.
Y no dudéis en contactar con nosotros para cualquier duda como siempre. 😉